
INFRACCIONES Y PENALIDADES
1) Multa de $2.000 y suspensión por un año del permiso
de pesca:
* Por emplear elementos y artes masivas de pesca no permitidas: redes, trampas,
carburo, cal, explosivos, sustancias contaminantes, etc.
* Por desviar cursos de agua y otras alteraciones de los cuerpos de agua.
2) Multa de $1.500 y suspensión por seis meses de permiso de
pesca:
* Por introducir especies exóticas o sembrar cuerpos de agua sin autorización.
* Por comercializar los productos de pesca sin autorización.
3) Multa de $ 800 y suspensión por tres meses del permiso de
pesca:
* Por pescar excediéndose en el límite de piezas habilitado
* Por pescar en épocas y zona de veda no permitidas.
4) Multa de $ 400 y suspensión por un mes del permiso de pesca:
* Por pescar o intentar pescar sin el permiso de pesca o este vencido.
* Por pescar peces de talla menor a lo establecido.
* Por pescar con anzuelos o carnadas no permitidos, o con más de dos
cañas por pescador.
* Por entorpecer o impedir tareas de fiscalización.
Desde el 1º de Noviembre del 2009 hasta el domingo de Semana Santa de 2010 inclusive. Se permite un máximo de una caña por pescador. El carnet anual para diques es valido para esta actividad. Para requisitos y acceder al carnet dirigirse a la Subsecretaría del Ambiente de Catamarca, en el Pabellón Nº8 de la CAPE (Ex Regimiento).