PROVINCIA
DE CORDOBA
Pesca deportiva de SALMÓNIDOS 2009/2014
Por
resolución 1169/2009 se establece la temporada
de pesca deportiva de salmónidos que se inicia
el primer fin de semana de octubre de 2009 y finaliza
el último fin de semana de mayo de 2014.
En esta nueva temporada 2009/2014, se continúa
con los mismos criterios de la temporada anterior:
- La pesca de salmón encerrado, trucha marrón
y perca o trucha criolla se encuentran vedadas durante
todo el año.
- Para la trucha de arroyo y trucha arco iris, continúa
sin modificaciones el cupo máximo de tres ejemplares
de un tamaño máximo de 25 cms.
- Se autoriza únicamente el uso de señuelos
artificiales, permitiéndose la práctica
con anzuelo simple siempre sin rebaba y prohibiéndose
la ultilización de anzuelo triple o robador.
- Se recuerda que en las siguientes zonas sólo
se permite la pesca con devolución obligatoria,
es decir queda prohibido el sacrificio de salmónidos:
Río del Medio en el tramo comprendido desde las
nacientes hasta la confluencia con el arroyo El Riachuelo.
Lago Los Alazanes y río homónimo desde las
nacientes del Río Los Alazanes hasta la confluencia
con el Arroyo del Plata incluyendo el dique homónimo.
Río Los Espinillos con sus afluentes, ríos
Yatán y Corralejos (dentro de la jurisdicción
de la Provincia de Córdoba), desde su nacimiento
hasta la confluencia con el Arroyo Las Acequiecitas.
Complejo Río Grande Complejo Cerro Pelado
desde la confluencia de los ríos Abra de Las Cañas
y De las Letanías hasta su desembocadura en el
lago y toda su cuenca incluido el río El Durazno
y el arroyo de Los Machos.
Arroyo Guacha Corral, Arroyo Rodeo de los Caballos y Las
Perdicitas, desde sus nacientes hasta sus desembocaduras
en el río Quillinzo y toda su cuenca.
Río San José desde la confluencia con el
río del Sur hasta la confluencia con el río
de La Suela y su cuenca.
Río San Gregorio (Ávalos) y río Pintos,
desde sus nacientes hasta su confluencia con el río
Quilpo.
Río Tabaquillo desde sus nacientes hasta la confluencia
con el Río San Miguel.
PROVINCIA DE CORDOBA
Pesca deportiva de PEJERREY.
Se recuerda que para la pesca deportiva de pejerrey los
cupos máximos de extracción dependen del
cuerpo de agua. Dicha pesca deportiva está habilitada
durante todo el año.
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EMBALSES
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LAGUNAS
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Lugar
|
Cupo
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Lugar
|
Cupo
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Río
III
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30
piezas
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Mar
Chiquita y desembocadura de los ríos 1º,
2º y Laguna del Plata
|
60
piezas
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La
Viña
|
50
piezas
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La
Margarita (Jovita)
|
50
piezas
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Cruz
del Eje
|
50
piezas
|
Cachicoya
(Larga)
|
50
piezas
|
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Piedras
Moras
|
30
piezas
|
La
Chanchera (Laboulaye)
|
50
piezas
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La
Falda
|
15
piezas
|
De
Suco (Zampacho)
|
50
piezas
|
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San
Roque
|
50
piezas
|
La
Isla (Villa del Rosario)
|
50
piezas
|
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Los
Molinos
|
50
piezas
|
De
Camoati
|
50
piezas
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La
Quebradda
|
20
piezas
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El
Señuelo (Gral. Viamonte
|
50
piezas
|
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Las
Pichanas
|
50
piezas
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El
Cajón
|
30
piezas
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Cerro
Pelado
|
30
piezas
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PRÓRROGA
DE VEDA PESCA DEPORTIVA DE COSTA EN LOS CUERPOS DE AGUA
DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA HASTA EL 22 DE NOVIEMBRE
DE 2009 INCLUSIVE
Por Resolución N° 1082/2009 se resolvió
prorrogar el período de veda de pesca desde la
costa y embarcada en sectores costeros (hasta 200 metros
de todas las costas inclusive), en los cuerpos de agua
lénticos (lagos y lagunas) de la provincia de Córdoba,
desde el día 19 de septiembre hasta el 22 de noviembre
de 2009 inclusive.
VEDA
DE PESCA COMERCIAL DEL PEJERREY EN LAGUNA MAR CHIQUITA
Y BAÑADOS DEL RÍO DULCE
Para la pesca comercial del pejerrey, la Resolución
n° 749/2008 establece mantener la veda por un período
de cinco años desde el 3 de diciembre de 2008 hasta
el 3 de diciembre de 2013.